lunes 7, abril, 2025, Eduardo Castex, La Pampa

Planco

Ziliotto firmó el decreto y La Pampa ingresó en la etapa de Distanciamiento Social

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram
Santarosa pareja barbijos 6junio2020

El gobernador  Sergio Ziliotto emitió un decreto adecuando la flexibilización de la cuarentena al DNU del Gobierno Nacional, en el que se implementan los anuncios formulados –el jueves- por el presidente Alberto Fernández.  «Pasamos del quedate en casa al si tenés que salir, salí pero cuidate», dijo hoy Ziliotto en declaraciones a El Destape Radio.

 

El decreto del gobierno pampeano establece que las personas residentes en los distintos distritos de La Pampa podrán circular “sin restricciones en el ámbito de sus respectivos departamentos, debiendo mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos de conformidad a la normativa provincial, higienizar asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies y ventilar los ambientes”.

Además, se ratifica la vigencia de los protocolos con días y horarios  de funcionamiento,  sanitarios y epidemiológicos aplicados “a las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios ya habilitadas hasta la fecha, en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”.

Coronavirus: La Pampa tiene en stock insumos hospitalarios para cuatro meses

En el artículo tres del decreto se especifica que las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicio, deportivas, artísticas y sociales que hasta el momento no se han habilitado, serán puestas en funcionamiento en los próximos días. “Previamente se establecerán los protocolos de funcionamiento sanitarios y epidemiológicos -particulares o generales- que la autoridad Sanitaria Provincial establezca de conformidad con el procedimiento utilizado a la fecha”, anticiparon desde el Centro Cívico.

La norma dispone que a los fines de ir previendo su autorización, los Jefes de Jurisdicción Presupuestaria de la Administración Provincial, Entes Autárquicos y Descentralizados deberán readecuar los lugares de trabajo del personal dependiente de su jurisdicción de conformidad con las normas que se establecen en el DNU.

También invita a las autoridades municipales y comunales de la provincia  a aplicar la misma decisión  para la administración  municipal, para lo cual deberán elaborar  protocolos de funcionamiento sanitario  y epidemiológico que deberán ser informados previamente a la Autoridad Sanitaria Provincial.

Finalmente establece la “dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo” a las y los trabajadores “mayores de 60 años de edad, embarazadas o incluidas en los grupos de riesgo según fueran definidos por el ministerio de Salud de la Nación, y a aquellos cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niñas, niños y adolescentes”.

Los interesados pueden acceder al decreto provincial desde este link

Distanciamiento social

Esta nueva etapa rige desde este lunes en todos los departamentos de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

También, abarca a Tucumán, Chaco (excepto el de San Fernando), Chubut (excepto Rawson), Río Negro (excepto los de Bariloche y General Roca) y Córdoba (excepto la ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano).

Asimismo, comprende a todos los partidos de la provincia de Buenos Aires, con excepción de los 40 que forman parte del AMBA.

Según el Decreto 520/2020 publicado hoy, en estas zonas las personas podrán circular pero solo por dentro de los límites del departamento o partido de residencia, a menos que posean el Certificado Único.

Los residentes en zonas de fase 5 deberán «mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional».

En estas áreas, que abarcan al 85% del territorio nacional, «solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50%) de su capacidad».

Las actividades deportivas en el marco del Distanciamiento no deben superar la concurrencia de más de 10 personas.

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram

Deja tu comentario!

Telebingo 13abril lateralRefrigeradossantiago 7abril
Expopymes banner horizontal 6abril2025 popup