martes 26, agosto, 2025, Eduardo Castex, La Pampa

Extendieron el período de inscripción para el Plan “Mi Casa 1 y 2”

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Casas plan micasa 17octubre2019

El Instituto Provincial de la Vivienda (IPAV) informó que, debido a la situación epidemiológica en algunas localidades de La Pampa y a la situación sanitaria provincial, se extendió el plazo para la inscripción y reinscripción en el Plan provincial “Mi Casa 1 y 2”. El primer vencimiento estaba establecido para el miércoles 30, y ahora se posterga el vencimiento hasta el 31 de octubre.

La intención del gobierno provincial es que todo aquel que necesite inscribirse o reinscribirse en el Plan de Viviendas provincial lo haga y pueda completar la información respetando las normas sanitarias y los protocolos establecidos por las autoridades provinciales, por ello la extensión del plazo.

El registro de usuario podrá continuar haciéndose aún después del 30 de septiembre y hasta el 31 de octubre. La inscripción podrá quedar abierta y ser completada la documentación en caso de ser necesario.

Las autoridades del IPAV entendieron que la situación sanitaria y epidemiológica puede dificultar el acceso a algunos puntos del requerimiento a presentar, lo que podrá ser subsanado posteriormente.

También desde el IPAV se otorga la posibilidad de hacer las certificaciones de Estado Civil (soltería) y “Cuidado personal de hijos o hijas”, directamente en las dependencias del Instituto, tanto en Santa Rosa como en la delegación de General Pico. Para ello se debe obtener un turno a través de la web del organismo.

La inscripción al Plan provincial de Viviendas “Mi casa” (1 y 2) se hace a través de un formulario que estará disponible en la web del organismo https://ipav.lapampa.gob.ar/.

REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN ONLINE

Se deberá completar con los siguientes ítems:
Datos personales: DNI de todo el grupo familiar.
Comprobante de estado civil.
Casada/o: acta de matrimonio.
En unión convivencial registrada: acta de esa unión.
Persona soltera: declaración de estado civil en el Registro Civil.
Viuda/o: acta de defunción.
Divorciada/o: sentencia de divorcio.
No es necesaria esta documentación actualizada. Se puede utilizar la que ya tenga en su casa.
Recibo de sueldo y/o comprobante de situación laboral.
Personas con discapacidad: Certificado de discapacidad.
Residencia. Para acreditarla podrá presentar:
Contrato de alquiler
Servicio público (boleta de luz eléctrica o gas natural)
Recibo de sueldo, o certificado de la escuela de su hija/o o boletines.
(Los años para justificar la residencia deben ser correlativos).

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