La intendenta Mónica Curutchet envió un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante para vender siete baldíos por licitación pública, con ofertas a sobre cerrado, para recaudar fondos económicos que se destinará a afrontar el pago de capital, intereses y honorarios de juicios laborales que se hallan en etapa de ejecución.
Los terrenos están ubicados en la zona este y barrio norte, y la ordenanza municipal establece que el destino será para «la construcción de viviendas unifamiliares o locales comerciales».
Los precios fijados en las bases, establecidos por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), establecen -inicialmente- una recaudación -mínima- de $ 8,7 millones.
En la edición del domingo LA ARENA y www.radiodon.com.ar revelaron que la comuna castense tendrá que abonar más de 11 millones de pesos por un juicio laboral impulsado por un jornalero que se cayó de un tractor cuando realizaba la recolección de ramas.
La sentencia de la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa determinó una reducción de la responsabilidad de la compañía aseguradora, que tendrá que abonar la cobertura contratada y las costas serán proporcionales al porcentaje de indemnización, que de acuerdo al contrato deba cubrir.
El proyecto del Ejecutivo municipal pide a los concejales la autorización para proceder a la venta y suscribir las escrituras traslativas de dominio a quienes resulten adjudicatarios de la licitación. «Se acreditará ante el escribano público interviniente de la resolución de adjudicación», expresa.
Los terrenos tienen un precio base que oscila entre 1,2 y 1,4 millones de pesos. «Los fondos que se obtengan de la venta que se autoriza, serán afectados al pago de capital, intereses y honorarios de juicios laborales que se hallan en etapa de ejecución», indica el proyecto de ordenanza.
Fundamentos
En el proyecto el DEM argumentó que pretende vender los terrenos baldíos para afrontar los pagos que debe realizar en concepto de capital, intereses y honorarios de juicios laborales. También informó que realizó acuerdos de pagos para la resolución de un juicio laboral, y anticipa que se halla pendiente «otro de similares características».
El Gobierno provincial realizó un aporte para hacer frente a una parte de los juicios y la municipalidad cuenta con terrenos baldíos ubicados en zonas que pueden resultar de interés para su venta, establece en otro de los fundamentos. «El producido de la venta será destinada al pago de capital, intereses y honorarios de juicios laborales que se hallan en etapa de ejecución», explican.
Recuerdan que este procedimiento formal se debe concretar porque el articulo 97 de la ley 1597 establece que las ventas de bienes inmuebles de propiedad municipal, se efectuarán en subasta o licitación pública. «Las enajenaciones previstas en este artículo deberán ser autorizadas por el Concejo Deliberante en la forma establecida en el artículo 213, inciso 5 de la Constitución Provincial y en el artículo 95 de la presente ley», cierra el texto del Ejecutivo municipal.
Condena judicial.
La Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa sentenció que la Municipalidad de Eduardo Castex deberá pagar más de 11 millones de pesos a un operario jornalizado que se cayó de un tractor cuando realizaba la recolección de ramas.
El fallo de segunda instancia en la causa «Toranzo, Néstor Martín c/ Municipalidad de Eduardo Castex s/Laboral (Daños y Perjuicios)» se emitió en mayo del año pasado, pero recién en las últimas jornadas hubo avances en los acuerdos de pagos con los involucrados.
La sentencia impuso las costas a la comuna castense y proporcionalmente a la aseguradora; y reguló los honorarios profesionales.
El fallo de las juezas Fabiana Berardi y Laura Torres hizo lugar parcialmente a las apelaciones del demandante y cuestionó reiterada y vehementemente la sentencia del Juzgado Laboral 1 de Santa Rosa. Readecuaron el cálculo de la incapacidad sobreviniente computado como parte de los ingreso del actor a los provenientes de la venta de artesanías; incluyó en la condena la indemnización de daño moral reclamado, con costas al apelado; e hizo lugar parcialmente a la apelación deducida por la compañía aseguradora y limitó la condena al pago del seguro contratado.
Beraldi, con el acompañamiento de Torres, apoyó el reclamo de daño moral del demandante. Consideró que el fallo de primera instancia careció de fundamento y lo calificó de contradictorio.