jueves 28, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Elecciones de Utelpa en la Seccional Santa Rosa: El conflicto llega a la CSJ

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El Juzgado Federal de Santa Rosa, a cargo del juez Juan José Baric, se declaró incompetente para resolver el recurso de amparo presentado por la lista opositora «Rosa Verde-Pedimos la palabra», ante la acusación de fraude por parte del oficialismo en las últimas elecciones del gremio docente Utelpa.





Dado que el Juzgado Laboral Nº 2 de la provincia, a cargo de Claudio Soto, ya se había declarado incompetente el pasado 19 de septiembre, el Juzgado Federal resolvió derivar esta denuncia al máximo órgano judicial del país, publicó el diario La Arena.

El pedido de amparo presentado por la lista opositora dio pie a una medida cautelar, firmada por Soto, disponía una prohibición temporal de renovar las autoridades del gremio.

No obstante, desde el gremio anunciaron a principios de mes que «en razón de la medida cautelar presentada por una de las listas (rechazada en primera instancia), la autoridad provincial ha dispuesto la continuidad en funciones de las autoridades electas en 2017».

Argumentos.

En el expediente remitido a la Suprema Corte, se exponen una serie de argumentos por los que el Juzgado Federal de Santa Rosa se considera incompetente. El principal es que, al dársele vista al Ministerio Público Fiscal, la fiscal federal Iara Silvestre evaluó que el Juzgado no resulta competente.

También se menciona una carta documento que Cecilia Alcántara, apoderada de la lista Rosa Verde y quien presentó el pedido de amparo inicial, recibió de parte de la secretaria general del sindicato, Rosana Gugliara. En esta, se ponía de manifiesto la continuidad en las funciones de las autoridades de la Seccional Santa Rosa, vigentes al 7 de septiembre, hasta que hubiera pronunciamiento.

Respecto a este planteo, tanto el Juzgado como el MPF coinciden en que «no nos encontramos frente a un conflicto ‘intra-sindical’, sino ante la invocación concreta, por parte de los titulares de la ‘Lista Rosa y Verde, Pedimos la Palabra’ de una violación a su libertad sindical, en los términos del artículo 47 de la ley 23.551, el cual legitima expresamente a los códigos adjetivos provinciales a intervenir en la resolución de los conflictos donde esté en discusión una trasgresión a la libertad sindical».

¿Intervención?

En otro punto del expediente remitido a la CSJN se resuelve «dar intervención al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad de la Nación, quien deberá designar un funcionario a fin de que realice los actos administrativos y de conservación patrimonial fundamentales para el desenvolvimiento de la Seccional Santa Rosa de la Unión de Trabajadores de la Educación de La Provincia de La Pampa, hasta que exista pronunciamiento sobre la cuestión negativa de competencia planteada».

En cuanto a este planteo, el juez Baric aclaró que esta intervención es una sugerencia, no una petición. «Lo mandamos a la Corte Suprema pero en el medio, por sugerencia del Ministerio Público Fiscal, mandamos un oficio al Ministerio de Trabajo para ver si ellos consideran viable poner a una persona para que se haga cargo de la organización, porque sino quedaría acéfala. Nosotros le hacemos saber al Ministerio de Trabajo cuál es la situación; si ellos consideran necesario poner a un ‘interventor’, lo ponen», explicó Baric.

Asimismo, el juez federal afirmó que no hay una fecha límite para que la Corte y el Ministerio de Trabajo se expidan respecto a la causa, pero confió que «en un caso como éste no debería demorar mucho tiempo en expedirse».

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