jueves 28, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Golpiza a un peatón: Policía condenado a prisión efectiva y otros dos a prisión en suspenso

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Un policía fue condenado hoy a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo por golpear a un peatón, provocándole hematomas en el rostro y la pérdida de tres dientes, y otros dos a dos años de prisión en suspenso por incorporar datos falsos en documentos públicos.





La sentencia fue dictada por el juez de audiencia santarroseña, Daniel Sáez Zamora, tras realizarse el juicio oral y público, y recayó sobre Martín Sebastián Alderete, su pareja Romina Luján Montesino y Sebastián Eduardo Bustos.

El magistrado condenó a Alderete, de 44 años, a cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta por el doble del tiempo, como autor de los delitos de lesiones graves calificadas por su condición de empleado policial y vejaciones, en concurso real con falsificación de instrumento público en calidad de partícipe necesario. Además le revocó una pena anterior de seis meses de prisión en suspenso y unificó ambas en cuatro años efectivos.

A su vez a Bustos (33) y Montesino (35) le impuso dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo. Al primero como autor del delito de falsificación de instrumento público y a la segunda como autora del mismo ilícito, aunque en calidad de partícipe necesaria.

Con las pruebas reunidas incorporadas durante el debate, Sáez Zamora dio por probado que el 24 de mayo de 2021 a la noche, cuando aún existía la restricción de circular en ese horario debido a la pandemia por el Covid-19, un hombre de 34 años volvía de retirar dinero de un cajero automático próximo a su domicilio.

En esas circunstancias, Alderete y Montesino, que eran pareja –»circunstancia permitida por razones operativas propias de ese momento de excepción»–, circulaban en un móvil policial de la Seccional Tercera e interceptaron al transeúnte en México y Chile, en Santa Rosa. Ambos le labraron un acta, a la que la víctima se negó a firmar.

Luego el hombre siguió caminando hacia su casa, en sentido contrario a la posición del patrullero, y los condenados se subieron a la camioneta Chevrolet S-10. «Segundos después, la patrulla hizo reversa e interceptó nuevamente» a la víctima, detalló el juez en el fallo.

Entonces Alderete se bajó del vehículo y agredió al peatón con golpes de puño en la cara. Después solicitó apoyó, subió al hombre esposado al móvil y lo trasladó hasta la Tercera. «Durante el trayecto, la víctima fue insultada y mortificada física –con presión en las esposas– y psicológicamente por parte de Alderete», acotó Sáez Zamora.

«Ya en la dependencia policial, y a fin de justificar el proceder ilegal de Alderete y Montesino, el oficial policial que se encontraba como jefe de servicio, Bustos, confeccionó un sumario policial en coordinación con Alderete y Montesino con datos apócrifos –detalló el magistrado–. Dentro de los datos falsos volcados al sumario, estaba el parte policial efectuado por Montesino, la rotura de unos anteojos que eran de su propiedad, la confección de un informe técnico falso y la propia declaración  de Alderete. Esta maniobra fue rápidamente desbaratada por la rápida denuncia del damnificado a la autoridad respectiva. Como producto de los golpes recibidos, la víctima sufrió varios hematomas en el rostro y la pérdida de tres piezas dentales».

Datos falsos.

Más adelante, Sáez Zamora específico que en el sumario «se insertaron o hicieron insertar, por parte los acusados, distintas circunstancias que no existieron».

Y agregó: «Bustos, al confeccionar el sumario, dejó constancia a través de las actas respectivas de distintos acontecimientos que no fueron reales (…) Por otro lado, Alderete, al prestar su declaración en el sumario, hizo insertar hechos que no fueron verdaderos. Incluso rompió materialmente los anteojos como forma de poder ser insertado ese dato en el sumario apócrifo (…) A su vez, Montesino confeccionó un parte policial con su firma en el que dejó constancia de hechos que fueron falsos (…) En definitiva, cada uno de los acusados conocía de la falsedad de los hechos volcados en el sumario».

Por otro lado, en la parte resolutiva de la sentencia, Sáez Zamora le recomendó al defensor particular de Alderete y Montesino, Eduardo Andrés Martínez, que «preste mayor diligencia en las notificaciones que se produzcan en la causa».

Durante el debate actuaron, además, el fiscal general Máximo Paulucci y la fiscala Cecilia Molinari, en representación del Ministerio Público Fiscal; y el abogado Marcos Paz, como querellante en representación de la víctima. Ambas partes habían pedido las penas que finalmente se impusieron. En cambio, Martínez, y el defensor particular de Bustos, Juan Eduardo Ravinale, alegaron por sus absoluciones.

Al fijar la pena, Sáez Zamora valoró circunstancias agravantes. «Por un lado, la extensión del daño sufrida por la víctima, quien en el debate pudo transmitir el impacto de todo lo sucedido y sus temores que aún perduran».

«Sin perjuicio de ello, el daño existente, con el accionar de los acusados, se extiende a toda la sociedad, dado que la conducta de ellos pone en jaque la confianza y credibilidad que posee la comunidad en la policía provincial».

Alderete ya había sido condenado en 2018, a través de un juicio abreviado, a seis meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones graves calificadas por el uso de arma de fuego, cometidas con exceso en el ejercicio de su autoridad o cargo.

En esa ocasión se demostró que interceptó a dos menores que circulaban en una moto y «realizó un ademán simulando sacar un arma». Ante ello, los menores retomaron la marcha y se produjo una persecución que concluyó cuando el conductor del vehículo detuvo la marcha y el policía se asomó por la ventanilla del móvil y, con «la escopeta reglamentaria efectuó un disparo» que impactó en un pie de uno de los damnificados.​

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