Los jueces del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) absolvieron a la docente Ana Contreras, quien fue condenada por el juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard, por considerar que sometió a “maltrato psíquico” a una adolescente de un colegio de la ciudad, al hacer referencia, en una clase de “Construcción de la Ciudadanía”, al conflicto entre israelíes y palestinos, conociendo el origen judío de la alumna.
En su momento, el magistrado hizo lugar a cada uno de los pedidos de la Fiscalía y la sentenció a 60 días-multa, equivalentes a 913.080 pesos, en base a la figura de “maltrato psíquico”, prevista en el artículo 121 del Código Contravencional de La Pampa. Además, le impuso una interdicción de cercanía respecto a la víctima, consistente en la prohibición de toda forma de comunicación y/o contacto con ella por el plazo de un año. También le aplicó una amonestación y la exhortó a que no vuelvan a repetirse “hechos de esta naturaleza”.
El fallo del TIP resolvió «hacer lugar al Recurso de Impugnación interpuesto el 17 de abril de 2025 por los defensores particulares Michel Divoy y Jerónimo Altamirano, revocando, en consecuencia, los puntos primero, tercero, cuarto, quinto y sexto del fallo 112/25, de fecha 9 de abril de 2025, dictado por el juez contravencional de la Segunda Circunscripción Judicial Maximiliano Boga Doyhenard».
Y: «absolver a Ana Cecilia Contreras, de la Falta Contravencional establecida en el artículo 121 inciso 1º del Código Actuación 4255178 – Legajo Numero 84129/2 impresa el día 26/05/2025 11.09».