sábado 19, abril, 2025, Eduardo Castex, La Pampa

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El STJ confirmó condenas por un homicidio en la Alcaidía de Santa Rosa

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Murrayjose santillanmanuel juicio homicidio alcaidia 11setiembre2019

Las tres Salas del Superior Tribunal de Justicia continúan trabajando a distancia durante la feria judicial extraordinaria, estudiando, analizando y resolviendo expedientes. En algunos casos ya hubo dictámenes y en otros están a punto de firmarse.

La Sala B o Penal, por ejemplo, dictó siete resoluciones entre ayer y hoy, luego de que el lunes el cuerpo emitiera el acuerdo 3700, habilitando a todos los magistrados de la provincia a dictar «sentencias definitivas e interlocutorias en todas aquellas causas que su estado procesal lo permita».

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Una de las más destacadas fue la confirmación de las condenas a José Hernán Rodolfo Murray y Manuel Lautaro Santillán por el homicidio de Facundo Pérez, al declarar inadmisibles los recursos de casación presentados por sus defensores.

Los ministros que conforman la Sala, Hugo Oscar Díaz y Fabricio Luis Losi firmaron esas resoluciones –excepto en una de ellas, donde el primero se excusó–, que consistieron en cinco declaraciones de inadmisibilidad a recursos de casación, un rechazo in límite a otro recurso similar y un último rechazo a un recurso federal extraordinario.

En el caso de Murray y Santillán, declararon inadmisibles las casaciones interpuestas por el defensor particular, Guillermo Barreto, y el defensor oficial, Martín García Ongaro, respectivamente. Ambos defensores cuestionaron el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación Penal, ratificando la sentencia condenatoria a prisión perpetua dispuesta por la Audiencia de Juicio de Santa Rosa, contra los imputados como coautores del delito de homicidio calificado  por haber sido cometido con alevosía.

Durante el juicio oral quedó acreditado que el 9 de septiembre de 2018, Murray y Santillán, dentro de una celda de la alcaidía de la Unidad Regional I, «actuando de modo conjunto, atacaron a Pérez, lo silenciaron e inmovilizaron, provocándole varias lesiones físicas, entre ellas un corte en el cuello que seccionó la vena yugular anterior y la vena comunicante del lado derecho, lo cual le produjo la muerte».

Barreto dijo que los argumentos del TIP fueron «escuetos, arbitrarios y antojadizos» y pidió un nuevo juicio o la absolución de Murray. García Ongaro objetó la inexistencia de «un análisis crítico» del fallo, sostuvo que la acusación careció de pruebas objetivas que vincularan a Santillán con la «agresión letal», y planteó que, en el peor escenario, su defendido debería haber recibido una calificación menos gravosa.

La Sala B afirmó que no hubo arbitrariedades en la resolución del TIP y que Barreto solo disintió con la valoración de la pruebas, sin desvirtuar las conclusiones de Impugnación. Agregó que la defensa pretendió que el STJ «reeditara la valoración de la prueba» cuando es algo que –a esta altura del proceso– está fuera de sus facultades.

Con respecto a García Ongaro, indicó que su postura era «entendible desde la óptica defensiva», pero añadió que no existió la causal de errónea aplicación de la ley sustantiva, sino que lo que se pretendió fue «conmover la base fáctica (de los hechos) y de esa forma posicionar de mejor manera a su asistido».

Incluso Díaz y Losi remarcaron que «el TIP individualizó en forma consistente la mecánica del hecho, describió los elementos empleados para sujetar (cable y buzo) y ultimar (armas impropias) a Pérez, y señaló las tomas positivas en los registros de ADN hallados en estas últimas», correspondiéndose con las muestras de los imputados. Añadieron que el TIP explicó por qué correspondía declararlos coautores y ratificó que existió «un acuerdo de partes» para asesinar a Pérez.

Las otras causas.

Con respecto a los otros seis expedientes, la Sala B declaró inadmisible un recurso federal extraordinario presentado por Carlos Andrés Carrión –declarado autor y penalmente responsable del homicidio de Diego Nicolás Loza– para poder llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación; y rechazó in límine otra casación pidiendo que no se realizara una pericia psicológica.

En otro de los escritos, declaró inadmisible los recursos de casación de Miguel Angel Calamari y Gustavo Ariel Pereira contra la resolución del TIP revocando el beneficio de la suspensión de juicio a prueba (o probation) a favor de ambos, en la causa penal donde se los investiga por uso de documento público falsificado y estafa.

Finalmente en las restantes inadmisibilidades, el STJ confirmó las condenas por un doble homicidio culposo en un siniestro vial; un abuso sexual con acceso carnal agravado; y en un caso de amenazas. Las dos primeras con penas efectivas y la restante, en suspenso.

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