Durante la reunión de la comisión de Legislación General se continuó con el análisis del proyecto de ley que establece un límite al costo financiero total que apliquen las entidades financieras atípicas, casas de préstamos o prestamistas, o entidades afines; para combatir la usura financiera en toda su dimensión. El presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa, Pablo Rodolfo Rodríguez Salto, quien también ejerció la defensa de “varias víctimas de estas compañías, donde en algunos tuvimos éxito, lo que nos permite tener una visión optimista en cuanto al resarcimiento de quienes dan el paso de demandarlas”.
Rodríguez Salto destacó “lo importancia” que los legisladores estén abocados a encontrar una solución a este despojo, que en muchos casos hacen, las financieras. “Estamos en un todo de acuerdo en eso, porque en general algo hay que hacer”, dijo.
Para el presidente del Colegio de Abogados pampeano, fijar una limitación a las tasas de interés “es un muy buen objetivo”. “Ahora dudo que se pueda pasar un test de constitucionalidad, porque las tasas de interés es el precio del dinero que las financieras ofrecen en esta transacción y allí el que regula es el Congreso de la Nación”. dijo.
“Esto es muy factible que pase –admitió el abogado- porque hasta los jueces de primera instancia revisan la constitucionalidad de las leyes y estoy absolutamente seguro que las financieras es a eso a lo que apelarán ni bien tengan que enfrentar una demanda”, planteó. Y advirtió que si la aplicación “se cayera por esto, la ley se caería en general y estaríamos ante una derogación implícita”.
De todos modos, Rodríguez Salto les sugirió a los legisladores “no dejar de seguir buscando herramientas para llegar a una solución más integral a este problema”, porque creía cría “conveniente incluirlo dentro de lo que ya está, que es la ley 3050”.
HERRAMIENTAS RECOMENDABLES
Los diputados le pidieron a Rodríguez Salto que expusiera cuales serían las herramientas que recomendaba crear y el presidente del colegio de abogados dijo: “se podría tratar la usura desde el punto de vista contravensional, tipificar allí la falta, aunque no será la justicia penal ni la contravencional la que haga justicia, de mayores frutos a las víctimas”.
“Lo primordial sería demostrar que quien acude a una financiera a tomar un préstamo es un consumidor, que el juzgado considere la actividad del financista el otorgar crédito y si éste representa un número determinado de salarios mínimos, se considere entonces a quien toma ese crédito como consumidor”, explicó. Para Salto esto es primordial, porque si así se lo considera al que toma el crédito, inmediatamente pasa a ser una víctima de una relación comercial, donde lo que inmediatamente deberá hacerse es poder abrir el contrato que se firmó entre las partes.
“ESCONDEN LAS TASAS DE INTERÉS”
Es básico, según el abogado, esa apertura porque “lo que en el cien por ciento de los casos las financieras hacen es esconder las tasas de interés”. “Si se va a la letra chica del contrato se podrá leer que, por ejemplo, dicen que el crédito es por $20 cuando en realidad lo que recibe quien lo toma es $10 y allí comienza su despojo”, destacó. Por eso es necesario que el juez habilite al abogado de la víctima “a hacerse de la contabilidad de la financiera y así determinar cuál es la cantidad real de lo que se ha prestado”.
Igualmente le hicieron saber al visitante que todo eso sirve una vez que ya se ha cometido ese despojo, y que lo importante sería como actuar previamente, a lo que respondió diciendo que “en esa instancia hay que intensificar la información y masificar la atención de este tipo de casos”.
Dijo que el Colegio tiene un servicio jurídico gratuito y que lo más difícil “es encontrar profesionales dispuestos a atender estos casos porque al abogado no le representa demasiado rédito”. “Por eso digo, que se necesita un profesional decidido a ejercer al defensa visceral de la víctima más que un profesional”, dijo. E incluso adjudicó a esa falta de predisposición de los letrados, la dificultad que tiene la gente de encontrar quien los defienda.
También se refirió a otra herramienta valiosa, como es el establecimiento de índices de imbargabilidad “o sea hay que establecer el porcentaje del sueldo de los empleados que debe ser intocable”.
“Sólo 95 de 100 casos se decide a contestar la demanda de embargo, el resto imagina que con ese embargo ya habrá saldado su deuda y no advierten que el embargo se puede modificar y hasta repetir”, dijo Rodríguez Salto.
DICTÁMENES
La comisión también emitió despachos aconsejando la aprobación de las resoluciones de declaración de Interés Legislativo a la serie televisiva «Héroes de la Conservación»; a las «II Jornadas Provinciales de Bioquímica» y al periolibro «Memorial: Testimoniales del Juicio Histórico de la Subzona 1.4 II».
Finalmente también en forma unánime aconsejaron la aprobación del proyecto donde se expresa beneplácito por la realización del 5to Festival Nacional de Cine de General Pico; y la declaración de «Fiesta Provincial» al encuentro de «Jinetes y Reservados», que se celebra en la localidad de Falucho.