A través del procedimiento de juicio abreviado, Walter Ramón Buldín fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo y cuatro de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo con motor, manteniendo su condición de reincidente, como autor del delito de lesiones gravísimas culposas calificadas por conducir un vehículo automotor excediendo en más de 30 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho.
A su vez, como tenía dictada otra condena a seis meses de prisión efectiva, del 14 de febrero de este año, se le unificaron las penas en una pena única de tres años de prisión y cuatro años de inhabilitación.
El hecho probado ocurrió el 11 de agosto del año pasado, a la tarde, cuando Buldín, un jornalero de 28 años, “circulaba a alta velocidad (entre 80 y 90 kilómetros por hora) a bordo de un Fiat Palio, por la calle Stieben, en Santa Rosa, y a escasos metros de la intersección con Sarmiento, colisionó con el frente de su rodado en la parte trasera de una moto Appia, 125 cc. Como consecuencia del fuerte impacto, su conductor sufrió lesiones de gravedad, y debieron amputarle la pierna izquierda”, dice la sentencia dictada por el juez de control santarroseño, Néstor Daniel Ralli.
El abreviado fue convenido entre el fiscal Oscar Alfredo Cazenave, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y el propio acusado, quien permanece detenido. Este había sido condenado hace siete meses, en otro juicio abreviado, por el juez de audiencia Gastón Boulenaz a seis meses de cumplimiento efectivo como autor de los delitos de robo simple en grado de tentativa y encubrimiento por receptación dolosa, en dos expedientes distintos.
El querellante particular, en representación del damnificado, al ser notificado del acuerdo, tampoco puso objeciones. En la audiencia de visu, esa parte informó que se había iniciado en la vía civil una acción de daños y personas contra el imputado.
“Debiendo analizar la conducta desplegada por el acusado, estimo que ella ha sido típica y antijurídica, mereciendo el reproche penal en atención a lo que reflejan los hechos probados –señaló Ralli–. Respecto de la calificación legal, deben tenerse en cuenta los informes médicos, de los cuales surge que como consecuencia del hecho la víctima perdió un miembro”.
Entre las pruebas que el magistrado evaluó figuran, entre otras, informes técnicos, médicos y de la Agencia de Investigaciones Científicas, el testimonio del acompañante de Buldín, la entrevista a la víctima y un oficio de la División Accidentología de Tránsito de la Policía provincial.