En una sentencia dictaminada de manera oral, el juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó a Juan Mauricio Cabaña, de 36 años de edad, como autor material y penalmente responsable de los delitos de «amenazas simples y lesiones leves»; a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. Además le revocó la condicionalidad de una pena anterior, de dos años y seis meses de prisión, que le fuera impuesta mediante un fallo de fecha 18 de mayo del 2018, por el Juez de Control Diego Ambrogetti, atento a la comisión de un nuevo delito. Le unificó la pena impuesta en la sentencia actual con la sentencia anterior, componiendo ambas a la pena única total a cumplir de dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.
El fallo fue dictado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado, solicitado por el fiscal Guillermo Komaofky, el defensor oficial Walter Vaccaro y el imputado.
Los hechos probados en la causa consistieron en que en la madrugada del 15 de diciembre de 2019, luego de una fiesta, el imputado se presentó en las inmediaciones de calles Belgrano y Avenida Roque Sáenz Peña de Caleufú, y profirió amenazas de muerte hacia el damnificado . Luego se abalanzó hacia la víctima aplicándole dos golpes de puño en ambas mejillas sobre el rostro. Como consecuencia del hecho el damnificado sintió temor por las amenazas recibidas y sufrió edema en región malar izquierda, según el certificado médico aportado en el legajo.