Un jubilado de 73 años fue condenado hoy, a través del procedimiento de juicio abreviado, a seis años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal; enmarcado en las leyes 26485 de Protección Integral contra la Mujer y 26061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. La víctima fue una menor de 16 años. Además se le mantuvo la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme.
El hecho ocurrió en julio de 2019, cuando la adolescente iba caminando a las 23 hacia la casa de una amiga –distante a seis cuadras de la suya– y advirtió que alguien la seguía. Esa persona, el imputado, “la tomó desde atrás, luego del cuello con mucha fuerza” y cometió el abuso. Ella reaccionó “pegándole un codazo” y al escapar logró reconocerlo como su vecino.
La sentencia fue dictada por el juez de audiencia santarroseño, Gastón Boulenaz, luego que el abreviado lo presentaran, en forma conjunta, el fiscal Walter Martos, el defensor particular Juan Carlos De la Vega y el propio acusado, quien admitió su responsabilidad penal. La madre de la víctima y el defensor oficial Juan Hermúa, actuando como querellante particular, también brindaron su consentimiento.
“El accionar del imputado quedó debidamente acreditado, no solo por su propio reconocimiento en la audiencia de vista; sino porque el plexo probatorio dio cuenta de la existencia de suficiente de prueba incriminatoria respaldando su confesión”, indicó Boulenaz en el fallo.
En tal sentido, el magistrado remarcó que “resultó de trascendental importancia la declaración de la víctima en Cámara Gesell”. La profesional que le realizó la entrevista a la damnificada, en ese ámbito, calificó su relato de creíble. “Todo pasó muy rápido, como cuando adelantás una película”, detalló la menor.
Ese relato coincidió con los dichos de su madre, al formular la denuncia, y con su propia descripción de lo ocurrido cuando lo contó en la Unidad de Niñez, Familia y Adolescencia. “Todo ello aporta, sin dudas, un alto grado de credibilidad a las manifestaciones de la menor con respecto a la acreditación del hecho y la autoría por parte del imputado”, concluyó Boulenaz.